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Acuerdo 98 | Resumen 2023-2024
Material de estudio:
Las escuelas de educación secundaria tienen como objetivo principal facilitar la educación formativa general básica, que tenga como objetivo el desarrollo integral del alumno, para que estos conocimientos, habilidades y destrezas adquiridas le permitan seguir con sus estudios en el nivel inmediato superior o para su ingreso al trabajo.
Se ha estipulado en el Acuerdo 98 SEP, sobre la organización y funcionamiento de las escuelas de educación secundaria, el cual es de obligatorio cumplimiento para estas escuelas dependientes de la Secretaría de Educación Pública y en el caso de las particulares que tengan autorización para impartir la educación secundaria.
¿De qué habla el Acuerdo 98 2023-2024?
Este acuerdo 98 está dirigido a las escuelas de educación secundaria en turnos matutinos y vespertinos para adolescentes; para aquellas que prestan sus servicios para trabajadores y para aquellas escuelas de educación secundaria particulares que aplican con autorización de la Secretaría de Educación Pública.
El acuerdo 98 resumen establece que es labor fundamental de las escuelas de educación secundaria realizar el desarrollo consecuente de la escuela primaria, con respecto al desarrollo integral del estudiante; su progreso armónico en cuanto a la vida familiar, escolar y social; integrar en esta formación, aquellos hábitos y actitudes positivas que le permitan mejorar su salud mental y física.
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Planes y programas de estudio según el acuerdo 98 2023-2024
Este acuerdo 98 de educación pretende emplear planes y programas de estudios que ya están establecidos por la Secretaría de Educación Pública (SEP) a fin de también desarrollar los hábitos, habilidades y aptitudes del estudiante, de modo que estos puedan ser utilizados en su vida diaria, aumentar su cultura general y hacerlo consciente de sus deberes cívicos y sociales.
Es de hacer notar que la Dirección General de Educación Secundaria o las delegaciones generales, están plenamente facultadas para comprobar el cumplimiento de los planes y programas de estudio, así como los métodos utilizados en las escuelas de educación secundaria supeditada a este acuerdo 98; así como también vigilar que se cumpla este acuerdo.
Supervisión de las Escuelas Secundarias
Del mismo modo, la Dirección General de Educación Secundaria, en las funciones en el Distrito Federal y las delegaciones generales, harán todas aquellas supervisiones que consideren pertinentes y que, de acuerdo con el ordenamiento legal vigente, sean emitidas por la Secretaría de Educación Pública para verificar el correcto funcionamiento de las escuelas secundarias particulares.
Aquellas escuelas secundarias particulares que desempeñen sus funciones con autorización de la Secretaría de Educación Pública, podrán utilizar la estructura orgánica que establece este acuerdo 98, y con ello garantizar que se cumplan los objetivos ya destinados para este tipo de plantel.
Definiciones del Acuerdo 98 SEP 2023-2024
En este conjunto de definiciones, el acuerdo 98 SEP describe al personal escolar como las personas físicas que prestan sus servicios, apegadas a las normas vigentes, en las escuelas de educación secundaria. Este personal escolar en cada escuela de educación secundaria estará conformado por un director, un subdirector para cada turno, el personal docente, el personal administrativo y el personal de intendencia.
La definición y funciones de estos puestos de trabajo tanto generales como específicos y que son parte de la estructura de cada institución están basadas y se pueden ubicar en el Manual de Organización de la Escuela de Educación Secundaria.
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Personal Directivo.
Se refiere al personal directivo como aquel que está conformado por un director y un subdirector para cada turno, con la excepción en los casos de que el servicio educativo deba ser atendido solo por un director y asistido por varios subdirectores en cada turno.
Director.
Se define al director como la máxima autoridad en la escuela de educación secundaria, el mismo tiene a su cargo el funcionamiento de la escuela y todo lo relacionado con las actividades del plantel; entre sus funciones están el verificar que la institución se encuentre apegada al plan y los programas de estudio establecidos por la Secretaría de Educación Pública.
Subdirector.
La función principal del subdirector es asistir al director, colaborar en la planificación, en la organización y trayectoria de las actividades de la escuela de educación secundaria, además de reemplazar al director en las ausencias temporales, asumiendo en su totalidad las responsabilidades del cargo.
Personal Docente.
En cuanto al personal docente de las escuelas de educación secundaria, tienen como responsabilidad principal ejecutar el proceso de enseñanza – aprendizaje en los alumnos que estén bajo su cargo, en las áreas o asignaturas que le corresponda, según lo establecido en los lineamientos de los planes y programas de estudio.
Personal de Servicio de Asistencia.
El acuerdo 98 también define las funciones del personal de servicios de asistencia educativa, quienes son los responsables de prestar los servicios de orientación educativa, trabajo social y prefectura; contribuyendo a la adaptación al ambiente escolar, familiar y social de los alumnos y con ello contribuir a su maduración personal.
Personal administrativo y de intendencia.
De igual manera es importante en una escuela de educación secundaria el trabajo que realiza el personal administrativo que realizan labores de mecanografía, archivo, control escolar; entre otras: elaborar documentos escolares, realizar los trámites que correspondan para la dotación de materiales necesarios para la institución, organizar y mantener actualizado el archivo y el inventario de los bienes del plantel.
No menos importante para el funcionamiento de la escuela de educación secundaria es el personal de intendencia, quienes son las personas encargadas de realizar el aseo y vigilancia necesarios para el mantenimiento y cuido del plantel.
Consejo Técnico Escolar.
Leer: Acuerdo 650 | Resumen
En cada escuelas de educación secundaria tendrá funciones el Consejo Técnico Escolar que es un órgano de consulta y colaboración. Su principal ocupación es ayudar al director en la planificación y desarrollo de las actividades educativas, así como también la evaluación estas actividades para verificar su adecuado funcionamiento y aportar soluciones en los casos de que ocurra algún problema en la institución.
Este Consejo Técnico Escolar está conformado por un presidente, en este caso será el director de la institución; un secretario que deberá ser elegido por los integrantes del Consejo; un jefe local de clase por cada asignatura; un orientador educativo; el o los subdirectores del plantel; el presidente de la sociedad de alumnos; el presidente de la Cooperativa Escolar y el presidente de la asociación de padres de familia, quienes tendrán las funciones de vocales.
Alumnos.
Se denominan Alumnos a aquellas personas que luego de haber cumplido con los requisitos establecidos en la Ley, están inscritos para cursar estudios regulares en una escuela de educación secundaria. Estos estudiantes deben participar activamente en el proceso educativo, conforme a los planes y programas de estudio.
Los estudiantes, entre otras actividades, deberán asistir con regularidad a clases y a todas las actividades escolares y de extensión educativa que se realicen; tener dentro y fuera del plantel una conducta y decoro adecuado; rendir honores y guardar respeto a los símbolos patrios; utilizar los bienes y servicios que tenga la escuela de educación secundaria conforme a las normas establecidas en la institución.
Se resalta que este Acuerdo 98 indica que al solicitar la baja, ya sea por el estudiante o por quienes tengan la tutela del mismo, se pierde la condición de alumno de la escuela de educación secundaria a la cual asiste.
Este Acuerdo 98 en resumen, también define academias locales, sociedad de alumnos, evaluación del aprendizaje, documentación escolar, y sanciones a aplicar, según corresponda el caso. Todo esto de vital importancia para su aplicación en las escuelas de educación secundaria.
Leer: Acuerdo 348 | Resumen