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Acuerdo 01/01/20 | Resumen 2023-2024
Acuerdo 01/01/20
Material de estudio:
Debido a las diversas modificaciones que se han hecho al modelo curricular con el pasar de los años, la Secretaría de Educación Pública ha hecho ciertos ajustes de forma continua. El presente acuerdo tiene como finalidad establecer los lineamientos para el ajuste de las horas lectivas que se señalan en el acuerdo número 592.
Estos ajustes se aplican al tercer, cuarto, quinto y sexto grado de educación primaria y al tercer grado de educación secundaria. A continuación presentaremos algunos de los detalles más relevantes sobre este acuerdo y su alcance para los ciclos escolares siguientes.
¿A quién se aplica este acuerdo 2023-2024?
Como lo mencionamos al inicio, este acuerdo se aplica a las escuelas que imparten educación primaria y secundaria dentro del territorio mexicano. Su entrada en vigor fue a partir de enero 2020 y aplica para los ciclos escolares 2019-2020 y 2020-2021.
¿En qué consiste el acuerdo 01/01/20?
El acuerdo 592 establece la articulación de la educación básica para los ciclos escolares 2019-2020 y 2020-2021; luego, los acuerdos subsiguientes añaden nuevo contenido a los modelos curriculares y modifican su forma, haciendo necesario el ajuste de las horas lectivas para los grados tercero, cuarto, quinto y sexto de primaria y tercero de secundaria.
El acuerdo 01/01/20 establece, en su anexo, el ajuste de estas horas, con el fin de permitir la convivencia en las aulas de todos los programas y planes de estudio que se han implementado en los niveles de educación preescolar, primaria y secundaria durante los ciclos escolares antes mencionados.
Leer: Acuerdo 279 | Resumen
Jornada escolar para primaria
Los grados de tercero, cuarto, quinto y sexto de educación primaria, tendrán una jornada escolar organizadas de acuerdo a las características y necesidades que presenten los estudiantes; así como de las condiciones de la institución y de la comunidad.
Algunas de las consideraciones específicas a este respecto son:
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- Los periodos lectivos semanales podrán usarse de forma flexible.
- El área de educación socioemocional tendrá una duración mínima de 30 minutos.
- Los ajustes que se hagan no deberán interferir con los tiempos que se destinan al receso escolar o con el tiempo de alimentación (para las escuelas que cuentan con este servicio).
Jornada escolar secundaria
Para el tercer grado de secundaria, los periodos lectivos se organizarán de 50 a 60 minutos en cualquiera de sus modalidades; es decir, en ningún caso deben ser menores a 50 minutos ni mayores de 60. Estos ajustes deben hacerse sin perjuicio del tiempo destinado al receso escolar ni al tiempo de alimentación para las escuelas que brindan ese servicio.
Periodos lectivos para el componente de Autonomía Curricular
El acuerdo 01/01/20 hace mención aparte de los periodos lectivos del componente Autonomía Curricular, los cuales van a depender, entre otras cosas, del tipo de jornada escolar. Estos periodos lectivos deben organizarse por cada escuela y ajustándose a las decisiones del Consejo Técnico Escolar sobre la oferta curricular que se va a desarrollar para este componente.
En función de crear una buena estrategia y de ajustarse formalmente a las normas, el componente de Autonomía Curricular se regirá por lo establecido en el acuerdo 12/10/17 y los demás lineamientos de la Secretaría de Educación Pública.
Periodos lectivos para el tercer grado de educación primaria 2023-2024
A continuación se mencionan los periodos lectivos por semana y ajustados, de las asignaturas que corresponden al tercer grado de educación primaria, según el acuerdo 592 y el acuerdo 12/10/17. También se mencionan los periodos lectivos que deben cumplirse como mínimo para el componente de Autonomía Curricular.
Leer: Acuerdo 711 | Resumen
Para el acuerdo 592:
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- Español: 5 horas lectivas (aquí se incluye la lengua indígena para las instituciones de educación primaria, a fin de cumplir con el principio constitucional de educación bilingüe e intercultural).
- Segunda Lengua – Inglés (en el caso de que sea impartida esta materia): 2.5 horas lectivas.
- Matemáticas: 5 horas lectivas.
- Ciencias Naturales: 2 horas lectivas.
- La Entidad donde Vivo: 2 horas lectivas.
- Formación Cívica y Ética: 1 hora lectiva.
Para el acuerdo 12/10/17:
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- Física: 1 hora lectiva
- Artes: 1 hora lectiva
- Educación Socioemocional: 0.5 horas lectivas
Para el componente de autonomía curricular:
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- Periodos lectivos mínimos: 2.5.
Estos periodos deben ser de observación en el grado antes mencionado, en instituciones con jornada regular, jornada ampliada y tiempo completo, durante los ciclos escolares 2019-2020 y 2020-2021.
Leer: Acuerdo 200 | Resumen
Periodos lectivos para el cuarto, quinto y sexto grado de educación primaria
En las siguientes líneas se detallan los periodos lectivos semanales que corresponden a los grados cuarto, quinto y sexto de educación primaria, tanto para escuelas de jornada regular, como de jornada ampliada y tiempo completo. Además se establecen los periodos lectivos mínimos para el componente de autonomía curricular.
Para el acuerdo 592:
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- Español: 5 horas lectivas (aquí se incluye la lengua indígena para el caso de las instituciones de educación primaria indígena, a fin de consolidar una formación pluricultural y bilingüe).
- Segunda Lengua – Inglés: 2.5 horas lectivas (sólo en caso de que se imparta esta asignatura.
- Matemáticas: 5 horas lectivas.
- Ciencias Naturales: 2 horas lectivas.
- Historia: 1 hora lectiva.
- Geografía: 1 hora lectiva.
- Formación Cívica y Ética: 1 hora lectiva.
Para el acuerdo 12/10/17:
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- Educación Física: 1 hora lectiva.
- Artes: 1 hora lectiva.
- Educación Socioemocional: 0.5 horas lectivas.
Para el componente de Autonomía Curricular:
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- Periodos lectivos mínimos: 2.5 horas lectivas.
Periodos lectivos para el tercer grado de educación secundaria
A continuación se presentan los periodos lectivos semanales que corresponden al tercer grado de educación secundaria, para las instituciones de jornada regular, jornada ampliada y tiempo completo, según los acuerdos 592 y 12/10/17; así como los periodos lectivos mínimos que deben destinarse al componente de Autonomía Curricular.
Para el acuerdo 592:
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- Español III: 5 horas lectivas.
- Matemáticas III: 5 horas lectivas.
- Ciencias III (énfasis en Química): 6 horas lectivas.
- Historia II: 4 horas lectivas.
- Formación Cívica y Ética II: 2 horas lectivas.
- Segunda Lengua: inglés III: 3 horas lectivas.
Para el acuerdo 12/10/17:
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- Tecnología: 3 horas lectivas (sólo en caso de secundarias técnicas, los periodos lectivos podrán ser de al menos 8 a la semana).
Para las áreas del componente Desarrollo Personal y Social:
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- Artes: 3 horas lectivas.
- Tutoría y Educación Socioemocional: 1 hora lectiva.
- Educación Física: 2 horas lectivas.
Para el componente de Autonomía Curricular:
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- Periodos lectivos mínimos: 1 hora lectiva.
Ajuste de horas lectivas docentes 2022-2023
El acuerdo 01/01/20 establece que los maestros y maestras que se encuentren asignados al plantel educativo y cuenten con horas disponibles dentro de su jornada escolar podrán atender las horas que correspondan a la oferta curricular del componente de autonomía curricular.
En caso de las instituciones que aún no cuentan con un maestro de segunda lengua (inglés), podrán ocupar estas horas lectivas a cualquier asignatura del componente de autonomía curricular y en el caso de las escuelas de educación indígena, pueden destinarlas al campo de formación Lenguaje y Comunicación.
Es importante destacar que estos ajustes no podrán afectar de ninguna manera los derechos laborales establecidos de los maestros y maestras.
Leer: Acuerdo 444 | Resumen