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Acuerdo 648 | 2023-2024

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Acuerdo 648 | 2023-2024

Material de estudio:

La SEP (Secretaría de Educación Pública) juntamente con el gobierno mexicano, atento a los cambios que se producen en la sociedad y a través del consenso, establece modificaciones y acuerdos en pro de la preparación de sus habitantes y del desarrollo del país.

¿Qué es el Acuerdo 648| 2023-2024?

Es  una decisión tomada en un evento realizado en México en el mes de agosto de 2012 con la aceptación de la SEP (Secretaría de Educación Pública) donde se establecen normas generales para la evaluación, las credenciales, la promoción y la certificación de la enseñanza básica.

¿Cuál es el Objetivo del Acuerdo 648?

El convenio tiene por objeto regular la evaluación, las credenciales, promoción y certificación de los alumnos que estudian la básica.

Actualmente existen muchas facilidades para que los estudiantes sigan sus estudios
El Acuerdo 648 tiene por objeto regular la evaluación, las credenciales, promoción y certificación de los alumnos.

Las Disposiciones sobre el Alcance del Acuerdo 648:

Las disposiciones deben ser aplicadas en todos los planteles de educación pública y privada con autorización, en el ámbito nacional, estatal y de municipalidad que instruyen en educación inicial, primaria y bachillerato y se emiten sin deterioro de las adaptaciones necesarias en temática de educación aborigen, especial o para mayores.

Leer: Acuerdo 449 

Los Componentes que debe considerar la evaluación de los aprendizajes según dicho acuerdo

La evaluación de la formación se basará en la valoración de la actuación o desempeño de los estudiantes en relación con la ganancia de los aprendizajes aspirados y las competencias que éstos favorecen, en cohesión con los programas de preparación inicial, primaria y bachillerato.

Las Conceptualizaciones relacionadas con el Acuerdo 648

La Acreditación:

Acción que determina que un estudiante evaluado logra las enseñanzas esperadas en una materia u otro tipo de patrón, grado, magnitud o tipo, estipulados en el programa educativo correspondiente.

La Cartilla de Educación Básica:

Documento que facilita información periódicamente a los estudiantes que cursan básica, a los progenitores y representantes, los resultados de las valoraciones parciales y de desenlace, así como los reconocimientos hechos sobre el desempeño escolar de los alumnos para que permitan el logro de mejores provechos, según lo establece la Ley.

La Certificación:

Declaración de una autoridad legal y facultada para dar fe, a través de un documento público, que se acreditó totalmente o en forma parcial un patrón de aprendizaje, materia, grado, categoría o tipo.

 La Promoción:

Es la decisión del educador sustentada en evaluar de manera sistemática o de la autoridad competente en asuntos de titulación y certificación, que hace que un alumno continúe su aprendizaje en el grado o nivel posterior.

La Cartilla de Informe Evaluativo de Enseñanza Básica:

 

acuerdo 648 2

 

La Cartilla de Educación Básica es un certificado informativo de la actuación o desempeño de los estudiantes, y  constituye el documento público que legitima la credencial  fragmentaria o total de la aprobación del  grado.

Con el objetivo de garantizar la condición nacional de la Cartilla, la establece su contenido y las características esenciales de diseño. Las autoridades locales pueden  adecuar ésta según sus requerimientos y meter contenidos y modelos complementarios.

En los niveles de preescolar se deben incluir los siguientes datos: Terrenos formativos asignados en el plan educativo y niveles de actuación y rendimiento.

En la primaria y la secundaria se incluyen, además, los datos siguientes: las materias impuestas en la planificación de estudios, los niveles de actuación, mención numérica, y promedio terminal de calificaciones por materias y grado cursado.

Además de la Cartilla de Educación Básica, los planteles educativos oficiales y privados con autorización, usarán la Cartilla de Básica y otros documentos específicos de valuación de los aprendizajes aprendidos durante el desarrollo educativo.

Leer: Acuerdo 14/07/20 

Los Niveles de Desempeño en la Enseñanza de Inicial, Primaria y Bachillerato

Los niveles de desempeño o de cumplimiento en la evaluación cualitativa o descriptiva están clasificados según el aprendizaje esperado en el grupo o bloques de las competencias esperadas, y son:

      • Muestra un desempeño sobresaliente o destacado en la formación deseada.
      • Demuestra un desempeño bueno o satisfactorio en la enseñanza dada.
      • Muestra un desempeño regular o suficiente en los aprendizajes en el estudio.
      • Muestra un desempeño deficiente o insuficiente en la instrucción establecida.

Posteriormente o ya cuando se esté concluyendo el año escolar se le asignará una calificación numérica. En la instrucción de preescolar no se usan números, por lo que la evaluación es únicamente cualitativa.

La Medida de calificación y las ocasiones para registrar la evaluación en la primaria y el bachillerato:

En apego a los planes de estudio y como efecto de las evidencias acumuladas durante el procedimiento educativo, el profesor utilizará los niveles de actuación y referencia numeral para deliberar en cuál escalón ubicar al estudiante, y qué calificación fijar, en cada ocasión de registro de valoración.

La sucesión pública de calificaciones que será usada para cada bloque de las materias será con números y se colocará en números exactos del cinco al diez.

Los promedios de notas que se produzcan por asignatura, año, nivel y clase educativa, se manifestarán con un número natural y otro decimal, sin completar (Cinco puntos Cero (5.0) a Diez puntos Cero (10.0).

El Almanaque de las evaluaciones.

Las evaluaciones frecuentes del aprendizaje se llevarán a cabo dentro de los 200 días de aula, establecidos en el calendario aplicable a todo el país para cada período escolar, que asigne la SEP del Gobierno. En la ocasión de las evaluaciones excepcionales o de regularización, éstas podrán hacerse en otros ciclos.

Los institutos educativos oficiales y privadas con autorización deben atenerse a lo siguiente:

En primaria, las pruebas finales, pertenecientes al bloque 5, se realizarán en los terminantes 8 días laborables del período escolar.

En la secundaria, las evaluaciones del final, correspondientes al grupo 5, se harán en los últimos 13 días laborables del ciclo.

Terminada la aplicación de las pruebas finales, el tiempo sobrante de la jornada y del almanaque escolar se utilizará para realizar tareas que fortalezcan y nutran los aprendizajes logrados a lo largo del período escolar, principalmente aquellas materias que necesiten refuerzo.

Las Estrategias de intervención:

El educador deberá mencionar en el Boletín Informativo de Básica, los apoyos que el estudiante necesite para lograr los aprendizajes correspondientes a partir de la conclusión del 2do. Bloque en el caso de primaria y secundaria con el fin de lograr mejorías en el aprendizaje y evitar riesgos de que sean reprobados en el grado o nivel cursado.

La entrega de la boleta evaluativa para preescolar se realizará durante el mes 11 del período escolar.

La Acreditación de materias:

Se sabrán por acreditadas las asignaturas de primaria y secundaria impuestas en la planificación de estudios de enseñanza básica cuando se saque un promedio de desenlace mínimo de seis puntos cero.

Leer: Acuerdo 11/03/19

Tipos de Promedios

El Término Medio Concluyente de la Asignatura:

Será el total del promedio de las notas obtenidas en los 5 bloques que se estipulan en los programas de educación primaria y secundaria. Se asentará con un número exacto y un decimal sin eliminar cifras en él.

El Promedio de Desenlace de Grado:

Es el resultado de adicionar los promedios concluyentes de cada materia y de dividirlo entre el número global de las asignaturas que se estipulan para cada nivel de la preparación primaria y secundaria en el programa de estudios. Se registrará con un número natural y un decimal sin redondear.

El Promedio Término de Nivel Educacional:

Será el resultado de unir los términos medios finales de cada escalón correspondiente al nivel y promediarlos entre el número de ellos. Se registrará con una cifra entera y una fracción sin redondear.

Las Medidas Compensatorias

En la situación de alumnos que sean impulsados de grado, sin haber aprobado el total de materias del grado anterior, así como para los estudiantes reprobados que deban cursar de nuevo un grado académico, la Boleta de Enseñanza Básica deberá tener las orientaciones sobre los soportes necesarios para el logro de las formaciones no alcanzadas.

La Promoción Previa

Los estudiantes que cumplan con las condiciones establecidas en las normas aplicables para matriculación, reinscripción, acreditación, confirmación, regularización y legitimación previa de alumnos con rasgos sobresalientes, podrán ser aceptados en la enseñanza primaria o de bachillerato a una existencia más temprana de la implantada o de otro modo, omitir el escalón escolar próximo que les corresponda, en el propio nivel educacional.

El Certificado de Educación Básica

Al terminar los estudios del modelo básico, la autoridad educacional competente emanará el Certificado de Enseñanza Básica. Esta Certificación se podrá dar curso en versión por reproducción en físico a través del papel o electrónica y, su diseño, contenido y seguridad serán los que deberán  ajustarse a los modelos  que establezca la SEP del Gobierno Federalizado en las normas de inspección escolar pertinentes.

El promedio que se apunte en el Certificado de Enseñanza Básica, será el deducido de sumar diez las medias finales de los grados y etapas de primaria y bachillerato, y dividirlo entre dos. Al registrarse esta media se debe usar un número exacto y un decimal, sin eliminar cantidades significativas partiendo de su representación diezmal, para obtener una valoración aproximada.

Las Normas de Control Escolar

En los procesos de matriculación, reinscripción, acreditación, confirmación, regularización y legitimación se aplicarán los arreglos establecidos en las normas de vigilancia escolar que desprenda, para cada período escolar, la Dirección Global de la Secretaría Educacional del gobierno azteca.

¿Dónde podría conseguir información sobre el Acuerdo 648 2022-2023?

Si es su deseo ampliar la información sobre el Acuerdo 648, se sugiere la revisión de las siguientes Páginas Web:

Leer: Acuerdo 16/ 06 /21 

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