📝👩🎓👨🎓✅ Particularidades aplicables a la beca comisión | Acuerdo que contiene las disposiciones, criterios e indicadores para la realización de los procesos de reconocimiento en educación media superior para el ciclo escolar 2024-2025 📝👩🎓👨🎓✅
📝✅✍ Particularidades aplicables a la beca comisión para este acuerdo de la USICAMM 📝✅✍
Material de estudio:
En esta nota te indicaremos de las particularidades que le son asignadas a la beca de comisión de la educación media superior, se estará observando lo siguiente:
I.- Esta beca comisión tendrá inicio a partir de la autorización que sean emitidas por las autoridades de educación media superior y los organismos descentralizados, que corresponderá con el periodo de estudios que curse la maestra o el maestro, ya que solo podrá separarse ante el ejercicio de sus funciones para así disfrutar de esta, hasta que se expida el oficio de autorización respectivo y sea notificado por un escrito.
II.- La maestra o el maestro que sea beneficiario del reconocimiento de esta beca de comisión en educción media superior, tendrá un plazo máximo de 1 año con 8 meses para poder presentar el título correspondiente a la especialidad, maestría o doctorado, contados a partir de la fecha en que termine el último periodo escolar del programa al que esté registrado, en conformidad a los planes de estudio respectivo. Si no se obtiene el título o grado por el cual ha sido otorgada la beca de comisión, la maestra o el maestro queda sin la posibilidad de ser acreedor de otra beca de comisión.
III.-Al terminar o que exista una cancelación de esta beca de comisión, la maestra o el maestro se tendrán que reincorporar de inmediato al servicio público educativo en la función que sea la correspondiente y así deberá laborar interrumpidamente, por un tiempo que esté en la duración de los estudios realizados mediante la beca de comisión. Por lo contrario, se va a reembolsar el monto que es recibido durante el periodo que estuvo vigente este reconocimiento.
IV.- Las autoridades de educación media superior y los organismos descentralizados reportarán la trayectoria de los estudios realizados por las maestras y los maestros que estén sujetos a la beca de comisión que ya haya sido asignada, así como también la asignación de la persona que está sustituta del becario, por medio de la plataforma digital que disponga a la Unidad del Sistema.
V.- Las autoridades de educación media superior y los organismos descentralizados remitirán de manera mensual a la Unidad del Sistema en ciertos términos que determine el listado de las maestras o los maestros que hayan sido beneficiarios de esta beca de comisión, el cual va a hacer publicado en el portal del siguiente link: http://usicamm.sep.gob.mx/