💥👩🏻🏫👨🏻🏫📝 Criterios para la asignación de plazas | Acuerdo que contiene las disposiciones, criterios e indicadores para la realización del proceso de promoción a funciones directivas o de supervisión en educación básica | Promoción vertical para el ciclo escolar 2024-2025 💥👩🏻🏫👨🏻🏫📝
📢📝✅ Criterios para la asignación de plazas de este acuerdo por la USICAMM 📢📝✅
Material de estudio:
Las autoridades educativas de las entidades federativas tienen que ser responsables para así verificar la autenticidad de los documentos aportados y el cumplimiento de los requisitos correspondientes por parte de las maestras y los maestros que sean participantes y se pueda proceder la asignación de plaza.
Deben atender con los siguientes criterios:
I.-Solo pueden ofertarse y asignarse las plazas previamente registradas en el Sistema Abierto y Transparente de Asignación de Plazas.
II.- Esta asignación de plazas se va a realizar en estricto apego al listado nominal que está ordenado de resultados que sean atendidos a las necesidades del servicio público educativo y la estructura ocupacional que esté autorizada.
III.- Van a remitir un informe bimestral a la Unidad del Sistema, para el avance para la asignación de cargos con independencia de su naturaleza y también a la aplicación de los criterios establecidos en este acuerdo.
IV.- Pueden ofertarse y en su caso se va a asignar las plazas vacantes definitivas, temporales o de la nueva creación, previamente que estén registradas en este Sistema del artículo al ordenado de los resultados.
V.- Pueden asignarse las categorías a las maestras y a los maestros que sean participantes que se encuentren en el listado nominal para los resultados que emite la misma Unidad del Sistema.
VI.-En casa de que la maestra o el maestro sean participantes y tengan otro nombramiento, o diferente nivel del servicio educativo, estas autoridades educativas de las entidades federativas van a comprobar si hay compatibilidad de los empleos.
VII.-Deben de registrarse en el Sistema la información que es generada para la asignación de categorías para el proceso, a las funciones directivas o de supervisión de esta educación básica para este ciclo escolar 2024-2025.
VIII.-Cuando se asignen las plazas argumentando las necesidades del servicio, la autoridad educativa de la entidad federativa deben de justificar previamente ante esta Unidad del Sistema, en estas necesidades se tienen que tomar en cuenta las medidas para preservar, mantener o restaurar la prestación del servicio educativo y así se evite el riesgo de dejarlo.
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